El tratamiento de los acuerdos de colaboración entre competidores
November 21, 2024By Vanessa Facuse Andreucci y Matías Ponce Márquezpublished with Bofill Escobar Silva Abogados
El artículo constata que el Decreto Ley N°211 carece de una regla expresa para evaluar la licitud de los acuerdos de colaboración entre competidores, a diferencia del artículo 101(3) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Los autores analizan dos pronunciamientos recientes del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia —el acuerdo extrajudicial AE N°33-2024 y el procedimiento consultivo NC N°517-2022— para reconstruir los criterios de eficiencias y traspaso de beneficios a los consumidores. Concluyen que el estándar chileno de transferencia al consumidor es menos intenso que el europeo y que aún no existe certeza sobre los parámetros para tenerlo por acreditado.
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