Embargabilidad de las acciones de las S.A.S.
April 22, 2022By Isabella Díaz Gonzálezpublished with Holland & Knight
El artículo comenta el Oficio 220-059925 de 2022 de la Superintendencia de Sociedades, que reiteró que las acciones de las S.A.S. son embargables y que los accionistas no pueden crear acciones inembargables. La autora recuerda que la inembargabilidad solo procede respecto de los bienes taxativamente señalados en la ley, como los del artículo 1677 del Código Civil y el artículo 594 del Código General del Proceso. Concluye que una cláusula estatutaria en sentido contrario estaría viciada de nulidad absoluta y que la sociedad no puede negarse a inscribir el embargo.
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