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La sede del arbitraje internacional, ¿y eso cómo se construye?
June 14, 2023By Daniela Páez Cala y Nicolás Rivera Montoyapublished with Baker McKenzie
El texto advierte que, al negociar cláusulas arbitrales en contratos de construcción, la sede del arbitraje no debe elegirse únicamente por el lugar previsible de ejecución del laudo. Los autores proponen tres criterios de análisis: la aplicación de la Convención de Nueva York, el estatuto arbitral vigente en la sede y la orientación de las decisiones judiciales locales. Recomiendan verificar si la sede adoptó la Ley Modelo de la CNUDMI y si sus jueces han otorgado a los tribunales arbitrales el nivel de deferencia adecuado.
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