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Finanzas abiertas en Colombia: Deberes de protección de datos

April 22, 2026By Andrés Fernández de Castro y Luis Felipe Garcíapublished with Brigard Urrutia


El artículo analiza el Decreto 368 del 7 de abril de 2026, que reemplaza el marco voluntario de finanzas abiertas del Decreto 1297 de 2022 por un Sistema de Finanzas Abiertas obligatorio en cumplimiento del artículo 89 de la Ley 2294 de 2023. Los autores enumeran las entidades obligadas a compartir datos personales con terceros receptores autorizados y las tres categorías de información: productos y servicios a nombre del titular con al menos doce meses de historial transaccional, información del proceso de vinculación, e información general sobre la oferta de los participantes. Explican que el régimen se funda en el consentimiento informado, que las dos primeras categorías exigen autorización previa, expresa e informada, que los proveedores deben confirmar la validez de la autorización antes de compartir datos y que los terceros no pueden condicionar sus servicios a su otorgamiento. Detallan las medidas de responsabilidad demostrada del Decreto 1074 de 2015, las competencias concurrentes de la SFC y la SIC, y los derechos del titular a conocer, revocar o actualizar sus autorizaciones.

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