Servicios auxiliares del sistema financiero nacional
May 12, 2023By Juan Felipe Bustamante y Pedro Gomez de la Torrepublished with Bustamante Fabara
El artículo describe la estructura del sistema financiero ecuatoriano y el reparto de competencias entre la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, el Banco Central y las juntas de política monetaria y financiera. Los autores explican que los servicios auxiliares deben prestarse por sociedades no financieras constituidas conforme a la Ley de Compañías y calificadas previamente ante el organismo de control correspondiente. Enumeran las actividades que la normativa considera auxiliares —software bancario, transaccionales, transporte de valores, pagos, cobranza, redes y cajeros, contables, de computación y de tenencia de edificios— y advierten que todo proveedor debe determinar si su servicio entra en esa categoría para evitar sanciones.
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