El artículo explica cómo la Ley N.º 7599/2025 y el Decreto reglamentario N.º 6034/2026 abrieron la puerta a que un privado venda energía a otro privado en Paraguay mediante un contrato de compraventa ERNC. El autor describe el mecanismo: el autogenerador de renovables inyecta excedentes en un punto del Sistema Interconectado Nacional y el gran consumidor los retira en otro, previa certificación de capacidad de transporte por la ANDE y pago del peaje correspondiente. Señala además que el crédito por medición bidireccional, una vez aprobado, puede negociarse con terceros, de modo que el excedente energético se vuelve un activo cedible.
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