Restructuring & InsolvencyInsolvency & Restructuring
Ejecución de activos garantizados para el pago de deuda preferente
November 8, 2022By Carlos Bossiopublished with Rebaza, Alcázar & De Las Casas
El artículo comenta un caso en trámite ante la Sala de Procedimientos Concursales del Indecopi sobre la interpretación del artículo 89.2 de la Ley General del Sistema Concursal. El autor plantea cómo debe entenderse el pago a prorrata de los créditos de tercer orden cuando se realizan bienes garantizados para cubrir créditos de órdenes preferentes, como los laborales. Propone que la prorrata se calcule considerando un nuevo universo de acreedores y la totalidad de los créditos afectados, no solo los del acreedor titular del bien ejecutado.
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