Los contratos DFBO como alternativas para aumentar la cobertura de los servicios públicos
El artículo describe los contratos Design-Build-Finance-Operate (DBFO) como alternativa para ampliar la cobertura de los servicios públicos domiciliarios. Los autores explican sus características —asunción integral de obligaciones por el contratista, propiedad pública de la obra, largo plazo y remuneración ligada a resultados— y los distinguen de los esquemas de asociación público-privada. Señalan que en Colombia son contratos atípicos, que las empresas de servicios públicos pueden estructurarlos bajo sus manuales de contratación, y advierten sobre los retos de estudios técnicos, asignación de riesgos y compatibilidad regulatoria.
La solemnidad de los contratos públicos de derecho privado
El texto examina los límites del principio de solemnidad previsto en los artículos 39 y 41 de la Ley 80 de 1993 a partir de un caso analizado por el Consejo de Estado. Los autores explican que, cuando el contrato estatal se rige por el derecho privado, este se perfecciona con la aceptación de la oferta conforme al artículo 864 del Código de Comercio, sin necesidad de una minuta escrita. Advierten que las entidades no pueden acogerse a las exigencias de solemnidad solo cuando les resulta favorable, ni alegar hechos cumplidos en contratos sometidos al derecho privado.
Infraestructura: revisión de diseños y obra en un mismo contrato
El texto compara las modalidades de contratación de obra pública y advierte que la que combina revisión de diseños entregados por la entidad con ejecución de la obra es la más problemática. El autor explica que el contratista no dispone de tiempo en el proceso de selección para verificar la idoneidad de los diseños y termina asumiendo un rediseño completo. Comenta además una sentencia del Consejo de Estado del 8 de noviembre de 2024, que le impone contemplar los tiempos de la interventoría y de la entidad, y propone que el contratista diseñe íntegramente la obra bajo parámetros técnicos de la entidad.

