Bolivia fortalece la privacidad de datos en el sector fintech
El texto comenta el Reglamento para Empresas de Tecnología Financiera aprobado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y su impacto sobre la privacidad en Bolivia. Las autoras señalan que, ante la ausencia de una ley específica de protección de datos personales, el Reglamento incorpora principios del GDPR europeo y de la CPRA de California, elevando el estándar del sector financiero tecnológico. Detallan las obligaciones prácticas que impone: consentimiento informado, derechos de acceso, rectificación y supresión, seguridad en el almacenamiento y gestión de transferencias internacionales. Concluyen que la norma convierte a la privacidad en un elemento estratégico y competitivo, y sienta las bases para una eventual ley integral.
Privacidad más allá de las fronteras: ¿opción o requisito estratégico?
El texto sostiene que, aun en jurisdicciones como Bolivia que carecen de un régimen integral de protección de datos personales, las empresas quedan expuestas a normativas extraterritoriales como el GDPR europeo o la CCPA de California cuando tratan datos de usuarios o socios ubicados en esas regiones. Los autores plantean que adaptarse a estándares internacionales ya no es una opción sino una condición para competir y escalar, y proponen un enfoque de privacy by design que abarque productos, procesos y relaciones con terceros. Concluyen que la ausencia de ley local es una oportunidad para que las empresas bolivianas se adelanten a la futura obligación normativa.
Privacy: Consideraciones prácticas ante la ausencia de ley específica
El artículo aborda la gestión de datos personales en Bolivia ante la falta de una ley específica que regule la materia. Los autores proponen tomar como marco de referencia el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea y repasan los errores más frecuentes en el manejo de información: el envío de correos a destinatarios equivocados, el reenvío indiscriminado, el almacenamiento excesivo, la publicidad sin consentimiento y la eliminación inadecuada de información sensible. Concluyen que un enfoque preventivo basado en el RGPD protege la información confidencial y refuerza la confianza de clientes y socios.

