Law firm
1 article · 1 practice area · 1 country · 1 year · Legal Industry Reviews
El artículo examina la eficacia de los dos recursos administrativos que prevé el Código Orgánico Administrativo ecuatoriano, apelación y extraordinario de revisión, y sostiene que su interposición no garantiza la autotutela administrativa, porque la norma no reconoce expresamente el efecto de silencio administrativo positivo ante la falta de respuesta de la autoridad. El autor señala que ello deja al administrado en posible indefensión si no acude a la vía judicial. Propone como alternativa el reclamo administrativo del artículo 207 del COA, que sí produce silencio positivo cuando se cumplen los requisitos constitucionales y legales, y concluye que, para pedir la nulidad de un acto administrativo por las causales del artículo 105, el reclamo resulta más eficaz que el recurso.