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¿La ley de protección al consumidor puede establecer un plazo máximo para el procedimiento sancionador diferente al de la LPA?

November 12, 2024By Jessica Stefanny Anitac Mena Aráuzpublished with Administrative Law Center


El artículo discute si el plazo máximo del procedimiento administrativo sancionador en materia de consumo puede apartarse de los nueve meses del artículo 89 de la LPA. La autora recuerda que la reforma del 3 de julio de 2024 al artículo 144 de la LPC elevó ese plazo a 18 meses para intereses individuales y a 24 meses para intereses colectivos. Sin embargo, expone la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del 12 de septiembre de 2024 (Ref. 62-23-PC-SCA), que restringe la salvedad de las leyes especiales a los procedimientos enlistados en los artículos 163 y 163-A de la LPA, y deja abierta la duda sobre la caducidad.

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