El artículo analiza si un proceso de incorporación de clientes totalmente remoto y con diligencia debida simplificada resulta admisible en Rumanía para productos de anticipo de efectivo a comerciantes (merchant cash advance). A partir del asesoramiento a un grupo fintech polaco, revisa la Ley No. 129/2019, la norma de la ONPCSB y el reglamento del Banco Nacional de Rumanía, y concluye que las obligaciones de identificación están orientadas a resultados y no imponen medios técnicos específicos como la videoidentificación. Los autores destacan la divergencia entre el enfoque flexible y basado en riesgo de la ONPCSB y el criterio más prescriptivo del banco central.
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