El texto analiza la Ley de Criptoactivos turca, publicada en el Boletín Oficial en julio de 2024, que modifica la Ley del Mercado de Capitales. Los autores describen las definiciones de criptoactivo, proveedor de servicios y plataforma, la exigencia de autorización previa del Consejo de Mercados de Capitales y las obligaciones básicas de los proveedores, como la unidad de control interno y el cumplimiento de criterios técnicos de TÜBİTAK. Repasan además las facultades regulatorias del Consejo, los deberes de las plataformas en materia de contratos, reclamos e identificación de clientes conforme a la normativa antilavado, y las sanciones penales y administrativas previstas para quienes operen sin autorización.
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