Vigencia del deber de coherencia en el litigio colombiano contemporáneo
El artículo aborda el deber de coherencia como respuesta a la práctica de quien celebra un contrato, se beneficia de él durante años y luego desconoce su alcance. Los autores lo presentan como expresión de la buena fe consagrada en el artículo 83 de la Constitución y en los artículos 1603 del Código Civil y 871 del Código de Comercio, con raíz en el aforismo venire contra factum proprium non valet. Repasan su desarrollo jurisprudencial en la sentencia de la Sala de Casación Civil del 24 de enero de 2001, la SC3366-2020, la SL4537-2019 de la Sala Laboral, la sentencia del Consejo de Estado del 10 de marzo de 2011 y los laudos Beneficencia del Valle v. La Previsora y Procomsa v. Exiplast. Concluyen que la regla aplica en cualquier jurisdicción y debe orientar la estructuración de la defensa legal preventiva o reactiva.
La judicialización de los conflictos entre socios en Colombia: ¿están los jueces preparados para resolver disputas de gobierno corporativo?
El artículo aborda la creciente litigiosidad de los conflictos societarios en Colombia y la capacidad de los jueces para resolverlos. Los autores repasan el marco normativo aplicable —el Código de Comercio de 1971, la Ley 222 de 1995 y la Ley 1258 de 2008— y señalan que decisiones antes puramente operativas, como la designación de administradores, la ejecución de pactos de accionistas o la impugnación de actas, se han vuelto materia de litigio. Sostienen que, pese a la solidez de las reglas, los jueces ordinarios carecen con frecuencia de la especialización en asuntos societarios y estándares internacionales que exigen estos casos, lo que genera decisiones dispares, inseguridad jurídica y procesos más largos.

