El texto comenta la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó de mayo de 2022, Rol 323-2021, que rechazó un recurso de protección de vecinos de Huasco que pedían el cierre anticipado de las unidades 1 y 2 del Complejo Termoeléctrico Guacolda. El autor destaca que la Corte reconoció que la política de descarbonización corresponde al Poder Ejecutivo y que el Ministerio de Energía carece de facultades para ordenar el retiro de centrales. Valora que el fallo evite el activismo judicial y espera que la Corte Suprema confirme ese criterio.
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