Insurance & ClaimsInsurance: Contentious

El siniestro en el seguro de cumplimiento: entre el incumplimiento y el daño patrimonial

February 11, 2026By Victor Andrés Gómez Henaopublished with Víctor Gómez Enlace Legal


El artículo delimita cuándo se configura el siniestro en el seguro de cumplimiento a la luz de los artículos 1088 y 1089 del Código de Comercio, que consagran el carácter estrictamente indemnizatorio del seguro de daños. El autor sostiene que la póliza no ampara el mero incumplimiento contractual sino los perjuicios directos, previsibles, ciertos y patrimoniales imputables al tomador, y recuerda que la Corte Suprema de Justicia exige al beneficiario probar tanto el incumplimiento como la existencia y cuantía del perjuicio, sin que baste enunciarlo "en exceso de la suma asegurada". Señala que la mera aportación de soportes incompletos resulta insuficiente para acreditar un detrimento patrimonial cierto y que no se requiere denuncia penal previa. Concluye que la Corte cierra el paso a una noción objetiva del siniestro, exigiendo la concurrencia de incumplimiento imputable, perjuicio cierto y relación causal.

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