Las cláusulas de no competencia en el ámbito de fusiones y adquisiciones
March 10, 2025By Jaime Senior Fernández y Javier Galánpublished with Headrick Rizik Álvarez & Fernández
El texto define las cláusulas de no competencia como disposiciones contractuales que limitan la actividad comercial de la contraparte y repasa los cuatro requisitos de validez que la jurisprudencia dominicana exige: obligación de no hacer, plazo determinado, delimitación territorial y contraprestación económica. Los autores explican su papel en las operaciones de fusiones y adquisiciones, donde protegen al comprador frente a la competencia del vendedor una vez cerrada la transacción, y advierten que en la República Dominicana se pactan al amparo de la autonomía de la voluntad, sin un régimen especial que las regule. El artículo señala que la ausencia de parámetros legales sobre duración, monto y territorio deja margen de estructuración a las partes, siempre que la solución adoptada resulte razonable y defendible ante los tribunales.
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