Obligación de informar operaciones cripto: racional y timing de la medida
April 16, 2026By Federico Javier Martínez Tebecheri y Tomás María Mersán Rierapublished with Mersan Abogados
El artículo analiza la Resolución General N.º 47/2026, dictada el 10 de marzo de 2026, que establece por primera vez en Paraguay una declaración jurada informativa anual sobre transacciones con criptoactivos a través del sistema Marangatu. Los autores detallan las dos categorías alcanzadas —las plataformas que operan en el país, sin umbral mínimo, y los residentes que transaccionan por cuenta propia por más de USD 5.000 anuales—, así como las operaciones cubiertas y la información a reportar. Señalan que la norma protege la base imponible y se alinea voluntariamente con el CARF de la OCDE y la DAC8 europea, aunque deja zonas de incertidumbre sobre plataformas sin operadores identificables y sobre el alcance territorial.
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