Insurance & ClaimsInsurance
Alcance del plazo de incontestabilidad en los seguros de vida
June 17, 2024By Bruno Steneri Carlipublished with Dentons Jiménez de Aréchaga
El texto discute si las enfermedades preexistentes quedan comprendidas en el plazo de incontestabilidad del artículo 103 de la Ley No. 19.678 de Seguros, que solo menciona la reticencia. El autor recurre a la definición de reticencia del artículo 640 del Código de Comercio y del artículo 46 de la Ley de Seguros, y a la sentencia n° 48/2023 del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1° Turno. Concluye que la jurisprudencia trata las enfermedades preexistentes como casos de reticencia y que, por lo tanto, quedan alcanzadas por el plazo de incontestabilidad.
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