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El “Booking Agent” o “Agente de Reserva” y el “Porteador” a la luz del Derecho Marítimo Chileno

November 16, 2023By Ignacio Díazpublished with Pumpin, Dorfman, Nasser, Diaz y Cía.


El texto delimita la función del booking agent o agente de reserva en el transporte marítimo de mercaderías y la distingue de la del porteador definido en el artículo 975 del Código de Comercio. El autor sostiene que, al no celebrar el contrato de transporte ni figurar en el conocimiento de embarque, la figura contractual más acorde a su actividad es el mandato o comisión. Plantea la dificultad que surge cuando un porteador realiza además labores de booking agent y concluye que será la jurisprudencia la llamada a responderla.

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