La fortuna de mar y su existencia (o subsistencia) en el derecho chileno
January 19, 2026By Ignacio Díazpublished with PDND
El texto examina si la noción clásica de fortuna de mar —el patrimonio de afectación que permitía al armador limitar su responsabilidad al valor de la nave y los fletes— subsiste en el derecho chileno. El autor, apoyándose en la doctrina de Barroihlet Acevedo, expone que el Código de Comercio abandonó el sistema de abandono de la nave y lo sustituyó por uno de limitación de responsabilidad por suma alzada, determinada según el arqueo de la nave y materializada mediante un fondo de limitación segregado del patrimonio del armador. Precisa que ese fondo no es absoluto, pues no cubre actos personales del armador, hechos de dependientes ocurridos en tierra, dolo o culpa grave ni contaminación por hidrocarburos, y concluye que por esta vía la noción de fortuna de mar se mantendría en Chile.
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