Cláusulas de “no entorpecimiento” y garantías contractuales
January 19, 2026By Nicolás Durán Marambio y Horacio Infante Fuenzalidapublished with Fleischmann & Román Abogados
El texto aborda las cláusulas de "no entorpecimiento" en contratos de construcción, esto es, aquellas por las cuales el contratista renuncia anticipadamente a adoptar medidas judiciales que impidan o dificulten el cobro de una boleta de garantía. Los autores exponen la tensión de principios que generan: por un lado la autonomía de la voluntad y la renuncia de derechos del artículo 12 del Código Civil, y por otro la tutela judicial efectiva del artículo 19 N° 3 de la Constitución, relevante frente a cobros abusivos y en relación con el objeto ilícito del artículo 1462. Advierten que en la práctica los tribunales suelen conceder medidas precautorias sin reparar en la renuncia entre privados, especialmente cuando son prejudiciales, y que su infracción podría proyectarse como incumplimiento contractual indemnizable.
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