Labour & Employment

Opinión consultiva de la CIJ sobre el derecho de huelga: lo que no cambia en Colombia

June 16, 2026By José Darío Acevedo Gámezpublished with Acevedo Abogados Consultores


El artículo evalúa el impacto en Colombia de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia que confirmó, por diez votos contra cuatro, que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la OIT. El autor sostiene que su efecto práctico es menor del esperado, pues la Corte Constitucional ya había incorporado el convenio al bloque de constitucionalidad en las sentencias T-568 de 1999 y C-349 de 2009, y la Corte Suprema lo había afirmado en la SL2541 de 2018. Identifica en cambio tres frentes que recobran fuerza interpretativa: el alcance del artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo sobre servicios públicos esenciales, el artículo 450 numeral 2 sobre declaratoria de ilegalidad, y el arbitramento obligatorio del artículo 448. Recomienda a los empleadores revisar su exposición regulatoria en esos frentes y ajustar convenciones colectivas y procedimientos internos.

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