Privilegio del vendedor no pagado: seguridad transaccional en República Dominicana
March 10, 2025By Yolanda Ariza Baez y José Quiroz Abreupublished with QA Legal
El artículo examina el privilegio del vendedor no pagado, garantía prevista en el artículo 2095 del Código Civil dominicano que permite al vendedor de un inmueble reclamar el bien o exigir el pago con prioridad sobre los demás acreedores cuando el comprador no ha cubierto el precio. Los autores describen sus ventajas —prelación en el cobro frente a la insolvencia del comprador y mayor confianza en las operaciones a crédito— y su inscripción conforme a la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, que le otorga carácter erga omnes. El texto destaca además que constituye una excepción al principio de rogación registral, ya que el registrador puede publicitarlo de oficio, y lo presenta como un mecanismo de seguridad jurídica que favorece la inversión inmobiliaria.
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