The Scope of an Arbitrator's Excess of Mandate in Moroccan Case Law
August 31, 2026By Meriem Oumensour y Ghiyta Iraqipublished with I & I Law Firm
Las autoras examinan como la jurisprudencia marroqui delimita el exceso de mandato del arbitro, causa de anulacion prevista en el articulo 62 de la Ley 95-17 de arbitraje y mediacion convencional. Parten de que la jurisdiccion arbitral nace del consentimiento de las partes y encuentra ahi tambien su limite, y distinguen tres formas de exceso: material, cuando se resuelve una cuestion excluida del ambito contractual; cuantitativo, cuando se concede mas de lo pedido; y temporal, cuando la decision abarca un periodo ajeno a la sumision. Ilustran el ultimo con la sentencia 1125 de la Corte de Apelacion de Comercio de Fez, de 23 de mayo de 2024, que anulo un laudo por extenderse a operaciones de 2013 cuando el encargo partia de la constitucion efectiva de la sociedad en enero de 2014. Frente a ello, recuerdan que una clausula redactada en terminos amplios habilita una jurisdiccion extensa, como admitio Casablanca en 2019, y que el exceso debe distinguirse del simple error de juicio: revisar el fondo convertiria la anulacion en una apelacion que el articulo 62 no contempla.
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