Régimen recursivo administrativo: ¿procedimientos únicos o regímenes diferenciados?
April 16, 2026By Lucas Andrés Corrales Fernándezpublished with Parquet & Asoc.
El texto discute si el sistema recursivo general de la Ley N.º 6715/21 de Procedimientos Administrativos queda desplazado por los regímenes recursivos previstos en leyes especiales o cartas orgánicas de determinadas instituciones públicas. El autor objeta esa tesis, apoyada en el artículo 34 de la ley, porque confunde el procedimiento administrativo con el sistema recursivo, y se apoya en el artículo 57, que consagra la impugnabilidad general de los actos administrativos definitivos o que causen gravamen. Concluye que el régimen recursivo de la Ley N.º 6715 no es supletorio sino un régimen general de orden público administrativo que garantiza al administrado y opera como autocontrol de legalidad.
You need an account to read the full article.
Sign up to read
