Cross-Border Insolvency: No Estate is an Island
July 28, 2026By Brett Weinbergpublished with Fluxmans
El artículo comenta la sentencia Scheer v Wagner N.O. & Others (1109/2024) ZASCA 32, dictada el 23 de marzo de 2026, sobre el destino de los fondos remanentes en una insolvencia transfronteriza. El autor explica que el Supreme Court of Appeal descartó aplicar el artículo 116 de la Insolvency Act 24 de 1936 cuando, pese al aparente excedente en el patrimonio sudafricano, subsiste un déficit en el patrimonio extranjero del domicilio del insolvente, dando efecto al derecho común y al principio de cortesía internacional. Concluye que, una vez pagados en su totalidad los acreedores locales, los fondos pueden transferirse al síndico extranjero reconocido, y anticipa la relevancia del fallo en casos de doble secuestro de patrimonio y disputas sobre fondos residuales.
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