Un paso más hacia la responsabilidad de las personas jurídicas por temas penales
April 22, 2026By Andrés Eduardo Jiménez Camargopublished with Riveros Bazzani Abogados
El artículo examina el proyecto de Circular Externa publicado por la Superintendencia de Sociedades el 18 de diciembre de 2025, que reemplazaría íntegramente su Circular Básica Jurídica. El autor recuerda el régimen de responsabilidad administrativa de las personas jurídicas construido por la Ley 1778 de 2016 y ampliado por la Ley 2195 de 2022, con sus tres condicionamientos: sentencia penal ejecutoriada o principio de oportunidad contra un administrador o funcionario, beneficio para la empresa, y consentimiento o tolerancia de la conducta a la luz de sus controles de riesgo. Señala que el proyecto integra en un solo capítulo el SAGRILAFT y los Programas de Transparencia y Ética Empresarial, y que obliga a incluir en las evaluaciones de riesgo los delitos contra el medio ambiente, contra el orden económico y social, los de la Ley 1474 de 2011 e incluso los electorales. Advierte que la inadecuada gestión de ese nuevo catálogo puede materializar el tercer elemento de responsabilidad, con multas de hasta 200.000 SMLMV, cerca de 350 mil millones de pesos en 2026.
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