Constitutional Law

Entidades competentes para hacer consulta previa según la Corte Constitucional

April 29, 2024By José David Ortiz Custodio y Martín Alejandro Urbano Esparzapublished with Pérez Bustamante & Ponce


El artículo comenta la Sentencia No. 51-23-IN/23 de la Corte Constitucional del Ecuador, que declaró inconstitucional por la forma y con efectos diferidos el Decreto Ejecutivo 754 sobre consulta ambiental. Los autores analizan el Auto de aclaración y ampliación de 21 de febrero de 2024, en que la Corte precisó que la consulta previa es una competencia exclusiva e indelegable del Estado. Concluyen que, en proyectos ejecutados por empresas privadas, corresponde al ministerio del ramo llevar a cabo la consulta, como el Ministerio de Energía y Minas en los proyectos mineros.

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