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La buena fe del adquirente de un inmueble según el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil 2022 del Poder Judicial

September 7, 2022By Stephano Mc Gregorpublished with Estudio De la Flor, García Montufar, Arata & Asociados


El artículo comenta el acuerdo mayoritario del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil 2022, celebrado el 28 y 29 de abril, según el cual la protección de la fe pública registral del artículo 2014 del Código Civil debe entenderse referida a la buena fe objetiva del adquirente. El autor explica que ya no basta revisar los asientos registrales y títulos archivados, sino que se exige acudir al inmueble, verificar la posesión, comprobar la ausencia de controversias judiciales y consultar otros registros como el Reniec. Vincula el criterio con la sentencia del Tribunal Constitucional en el caso Tercero de Buena Fe y advierte que el alcance de la diligencia queda abierto a la interpretación de cada caso.

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