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De Marchena Urcelay
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- Labour & Employment
El nuevo Convenio N.º 193 de la OIT sobre trabajo en plataformas digitales
El texto presenta el Convenio N.º 193 de la OIT, aprobado en junio de 2026, primer tratado internacional destinado específicamente a fijar estándares laborales para quienes prestan servicios a través de plataformas digitales. El autor explica que el instrumento reconoce tanto modalidades dependientes como independientes y establece garantías mínimas en seguridad y salud, condiciones de pago, protección frente a la desactivación de cuentas, libertad sindical y negociación colectiva. Lo contrasta con la Ley N.º 21.431 chilena de 2022 y advierte sobre la dificultad de que un mismo marco regulatorio responda a realidades tan heterogéneas como el reparto y los servicios profesionales transfronterizos.
Gonzalo UrcelayChileJuly 14, 2026De Marchena Urcelay - Labour & Employment
La intencionalidad como factor clave para el despido por mal uso de licencias
El artículo sistematiza los criterios jurisprudenciales sobre el despido por mal uso de licencias médicas, situando la intencionalidad de defraudar al empleador y al sistema de salud como el elemento decisivo. La autora identifica la falta de probidad del artículo 160 N°1 letra a) del Código del Trabajo como la causal más idónea y repasa las circunstancias agravantes y los criterios que han llevado a declarar injustificados estos despidos. Cierra con recomendaciones probatorias: prohibiciones expresas en el Reglamento Interno, denuncias ante el COMPIN y fiscalización domiciliaria del reposo.
Josefina Riveaux García-HuidobroChileMarch 17, 2026De Marchena Urcelay - Labour & Employment
Nulidad de sindicatos constituidos en abuso del derecho
El artículo comenta la sentencia de la Corte Suprema de 8 de septiembre de 2025 sobre sindicatos constituidos con el propósito de defraudar al empleador mediante la obtención de fueros para evitar despidos. El autor explica que, ante la ausencia de una causal expresa de disolución por ilicitud civil en el Código del Trabajo, la Corte aplica supletoriamente las normas generales del Código Civil y distingue entre requisitos de existencia y de validez de los actos jurídicos, concluyendo que la ilicitud de objeto o causa acarrea la nulidad absoluta conforme a los artículos 1461, 1467 y 1682. Destaca que el fallo califica la desviación del fin sindical como transgresión de normas de orden público laboral y vulneración de la libertad sindical, y desestima el recurso de casación en el fondo.
Jose Luis de MarchenaChileNovember 10, 2025De Marchena Urcelay - Labour & Employment
Caso de licencia médica y despido en el sector público: fallo de la Corte Suprema
El texto comenta el fallo de la Corte Suprema de 19 de mayo de 2025 en el caso de una funcionaria de la Municipalidad de Isla de Pascua despedida por ausencias injustificadas mientras se encontraba con licencia médica. El autor explica que las instancias anteriores habían declarado caduca la acción por despido injustificado y que la Corte, acogiendo un recurso de queja, sostuvo que la licencia suspende la relación laboral y que la comunicación del cese debe entenderse efectuada al término del reposo. Advierte que el criterio introduce una forma de suspensión del plazo de caducidad no reconocida en el Código del Trabajo y que puede prestarse para abusos.
Gonzalo UrcelayChileJuly 8, 2025De Marchena Urcelay - Labour & Employment
La seguridad en el trabajo y el derecho a la vida privada
El artículo comenta un fallo del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique que condenó a una empresa minera por vulnerar el derecho a la vida privada al despedir a trabajadores tras detectar drogas mediante examen de orina. El autor explica que el tribunal consideró insuficiente esa prueba, porque no distingue entre consumo reciente y consumo ocurrido fuera de la jornada. Advierte que la sentencia tensiona el deber de protección del artículo 184 del Código del Trabajo y anticipa una mayor judicialización de los despidos por consumo de sustancias.
Jorge ReyesChileMarch 18, 2025De Marchena Urcelay - Labour & Employment
Ley de 40 horas
El artículo revisa la entrada en vigencia, el 26 de abril de 2024, de la llamada "ley de 40 horas" y su aplicación diferida de la jornada máxima semanal. El autor se concentra en la modificación del inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, que eliminó la exclusión de jornada para trabajadores a domicilio, agentes comisionistas y vendedores viajantes, y comenta el dictamen 84/04 de la Dirección del Trabajo que restringe el concepto de "fiscalización superior inmediata". Concluye que la nueva ley no modifica ese concepto, pero incorpora un recurso ante la Inspección del Trabajo y un procedimiento judicial especial que aumentarán la controversia.
Jose Luis de MarchenaChileMay 24, 2024De Marchena Urcelay

