El artículo describe la corrección por el Consejo de Estado de la práctica de la Asociación de Instituciones Financieras que exigía notarizar los contratos transfronterizos de arrendamiento financiero para su registro. Las autoras explican el régimen de la Ley N° 6361 y por qué el arrendamiento financiero resulta ventajoso en el sector aéreo turco, especialmente para registrar activos muebles de alto valor como motores de aeronave. Detallan la sentencia de 2021, confirmada en 2023, que anuló ese requisito por vulnerar la jerarquía normativa, y la nueva versión de la circular vigente desde 2024, que basta con el contrato firmado y su traducción jurada.
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