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Carrasco Benítez
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- Public & Administrative Law
Procedimiento administrativo y emergencia: clave pendiente de la reconstrucción
Chile cuenta con medidas y protocolos para enfrentar terremotos, tsunamis e incendios, pero los autores plantean la pregunta siguiente: que pasa una vez que la emergencia termina. La reconstruccion exige una respuesta institucional y procedimientos capaces de operar en tiempos excepcionales. La modificacion pendiente a la OGUC -Decreto N° 68 del MINVU, de 24 de julio de 2026- avanza en esa direccion al flexibilizar las exigencias para autorizar proyectos de reconstruccion, simplificando la tramitacion de medidas viales, la modificacion del ancho de los perfiles de las vias y la obtencion del Permiso de Edificacion y Recepcion Simultanea. Pero la reconstruccion depende tambien del procedimiento del Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental, reglado, con plazos legales e informes sectoriales, que no se suspende porque el pais este en emergencia. El Reglamento exige calificacion ambiental previa de proyectos inmobiliarios de 80 o mas viviendas -160 tratandose de viviendas sociales- y de los emplazados en zonas latentes o saturadas que superen las 7 hectareas o las 300 viviendas, umbrales bajo los cuales un barrio arrasado por el fuego dificilmente se reconstruye rapido. La tramitacion de urgencia solo contempla un fast track para los EIA, pese a que las DIA evaluan cerca del 95% de los proyectos inmobiliarios y demoran unos 380 dias. Los autores sostienen que la reconstruccion no exige eximir de evaluacion ambiental, sino admitir que ciertas obras se ejecuten bajo condiciones y se evaluen despues, ensamblando las piezas que el ordenamiento ya contiene -la declaracion de estado de catastrofe, las obras de un plan de reconstruccion y condiciones fiscalizables- sin sacrificar la participacion ciudadana.
Teresita Chubretovic, Esteban Cañas OrtegaChileSeptember 9, 2026Carrasco Benítez - Environment
El umbral ambiental que sigue frenando el desarrollo de la vivienda
El texto discute el efecto de la modificación de la OGUC impulsada por el MINVU sobre el sistema de evaluación ambiental de proyectos inmobiliarios, dado que el literal h.1.3 del artículo 3° del RSEIA obliga a someter a calificación ambiental los proyectos de 300 o más viviendas emplazados en comunas latentes o saturadas. Los autores cuantifican el problema: 59 proyectos habitacionales pendientes de calificación, cerca de 30 mil viviendas en espera y una demora promedio de 11,3 meses para las DIA, con 34 iniciativas asociadas al Plan de Emergencia Habitacional. Proponen elevar el umbral de ingreso de 300 a 500 viviendas para concentrar la evaluación ambiental en los proyectos cuya magnitud o localización lo justifiquen.
Mario Arrué Canales, Víctor Collao M.ChileJuly 14, 2026Carrasco Benítez - Public & Administrative Law
La OGUC se moderniza: una reforma mayor que merece un debate más amplio
El artículo revisa la propuesta de modificación a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que el MINVU sometió a consulta pública, presentada como un ajuste técnico pero de alcance mayor. Los autores examinan la extensión del plazo de caducidad de los permisos de edificación de tres a seis años y su suspensión durante tramitaciones ante otros órganos, advirtiendo que la reforma no fija criterios objetivos sobre el inicio de obras, y analizan la baja del factor de conversión de densidad de cuatro a dos —o incluso a uno—, cuyos efectos pueden ser neutralizados por los planes reguladores comunales. Cuestionan finalmente el otorgamiento de permiso y recepción simultánea en zonas de catástrofe sin límite temporal explícito ni criterio de proporcionalidad.
Giannina Bocchi, Roberto Guerrero LópezChileMay 18, 2026Carrasco Benítez - Environment
Cuando consultar deja de ser una opción
El texto critica la actualización de instrucciones del Servicio de Evaluación Ambiental de enero que reafirma la improcedencia de presentar Consultas de Pertinencia de Ingreso al SEIA respecto de proyectos ya ejecutados o en ejecución. Las autoras sostienen que la restricción carece de fundamento normativo expreso y contradice pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre la evaluación ex post de proyectos materializados. Advierten que, en un contexto de fiscalización activa de la Superintendencia del Medio Ambiente, la medida incrementa la incertidumbre y desincentiva el cumplimiento ambiental.
Graciela Venegas Valenzuela, Daniela JaraChileMarch 17, 2026Carrasco Benítez - Public & Administrative Law
Declaraciones de Interés Nacional Forestal: incertidumbre, rigidez y necesidad de reforma
Los autores critican el diseño de la Declaración de Interés Nacional prevista en la Ley de Bosque Nativo, herramienta excepcional que habilita la intervención de Bosque Nativo de Preservación y que opera como antecedente obligatorio del Permiso Ambiental Sectorial 150 dentro del SEIA. Identifican dos problemas centrales: la falta de una definición normativa precisa del "interés nacional", que la guía de CONAF solo aborda con criterios generales, y su desalineación con el SEIA, pues la DIN suele exigirse antes de contar con la caracterización ambiental del área a intervenir. Ilustran la rigidez del instrumento con los proyectos de desalinización, que solo se encuadran en los criterios legales cuando se destinan a uso residencial, y con el sector energético, donde la declaratoria considera únicamente la transmisión.
Carlo Sepúlveda Fierro, Víctor Collao M.ChileJanuary 19, 2026Carrasco Benítez - Environment
La incidencia de los pronunciamientos sectoriales injustificados en el SEIA
El texto sostiene que, además de la calidad de los proyectos ingresados y de las guías y criterios dictados por el SEA, existe una tercera causa poco atendida del alza en los plazos de evaluación ambiental: los pronunciamientos sectoriales desproporcionados. Los autores citan un informe de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad que constata un aumento de 176% en las exigencias ambientales en la última década y ofrecen ejemplos concretos, como la exigencia de la SEREMI de Medio Ambiente de incorporar áreas verdes con técnica Miyawaki o corredores biológicos en zonas urbanas intervenidas, o la de CONAF de mantener especialistas forestales durante toda la construcción pese al descarte de impactos significativos. Concluyen que estas solicitudes desvían la atención de los aspectos sustantivos y llaman al SEA a ejercer con firmeza su rol de administrador del SEIA.
Gabriela Durán Brand, Maximiliano Alfaro GonzálezChileNovember 10, 2025Carrasco Benítez - Public & Administrative Law
Estabilidad regulatoria: un avance que deja al SEIA fuera del mapa
El artículo examina el régimen de estabilidad regulatoria que introduce la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales para proyectos con Resolución de Calificación Ambiental favorable. Los autores explican que el mecanismo congela la normativa aplicable a los permisos posteriores a la RCA por hasta ocho años, fijándola en la fecha de ingreso del Estudio o Declaración de Impacto Ambiental. Critican que el artículo 76 active el beneficio solo después de obtenida la RCA, dejando sin protección la etapa de evaluación ambiental, que es la más larga e incierta, en contradicción con la regla general de congelamiento normativo del artículo 15 de la misma ley.
Esteban Cañas Ortega, Mario Arrué CanalesChileSeptember 9, 2025Carrasco Benítez - Environment
Reforma al Reglamento del SEIA: una propuesta insuficiente
El artículo evalúa la modificación al Reglamento del SEIA (DS 40/2012) aprobada por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, centrada en las tipologías de ingreso. Los autores la consideran tímida por dejar fuera dos materias urgentes: la adaptabilidad al cambio climático —con umbrales bajos para líneas de transmisión y escasa atención a energías renovables, sistemas BESS y centros de datos— y las excepciones de ingreso para proyectos habitacionales destinados a personas vulnerables. Concluyen que una reforma transformadora requiere una visión sistémica que hasta ahora no ha estado presente.
Edesio Carrasco, Graciela Venegas ValenzuelaChileJuly 8, 2025Carrasco Benítez

